Pregunta de destino
Ante la denuncia por haber intentado contactar con una persona a través de llamadas, redes sociales y en su lugar de trabajo, es fundamental que tomes medidas inmediatas para protegerte legalmente. En primer lugar, debes cesar todo intento de contacto con la persona denunciante. Cualquier nueva interacción podría agravar la situación y dar lugar a medidas más severas, como una orden de alejamiento o la imputación de un delito de acoso.
Es crucial que recopiles y conserves todas las pruebas relacionadas con los hechos: mensajes, correos electrónicos, y cualquier otro tipo de comunicación que haya tenido lugar entre ambos. Si hay testigos que puedan corroborar tu versión, sería útil contar con su testimonio.
Debes consultar con un abogado especializado en derecho penal lo antes posible. Un profesional podrá orientarte sobre los pasos a seguir y analizar si las acciones por las que se te denuncia podrían constituir acoso según el Código Penal español, donde el acoso puede ser penado con multas o incluso prisión, dependiendo de la gravedad.
Es fundamental que entiendas que, aunque no tuvieras la intención de causar daño o molestia, la percepción de la otra persona es clave en estos casos. El acoso se define como una conducta repetitiva que genera en la víctima una sensación de hostigamiento o intimidación. Por lo tanto, es importante reflexionar sobre la situación y demostrar, mediante la defensa legal, que tu intención no era acosar.
Mientras tanto, evita hablar sobre el caso en redes sociales o con personas no involucradas, ya que cualquier comentario podría ser utilizado en tu contra. Sigue las instrucciones de tu abogado y coopera con la investigación, mostrando siempre una actitud respetuosa y dispuesta a resolver el conflicto por vías legales.
Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
Abogado de Zaragoza especializado en Responsabilidad Civil
Buenos días
En su pregunta no aclara situación alguna.En general ponerse en contacto con una persona no implica reproches alguno. Ahora bien si este contacto supone molestia o amenaza puede tener un reproches penal mínimo.Si por el contrario tiene una orden de no ponerse en comunicación estaríamos ante un incumplimiento judicial que sería también objeto de reproche penal.
Atentamente.