Pregunta sobre la pension alimentaria

Saludos, soy una estudiante de 20años y vivo con mi madre, ella es la que recibe la pension por mi, quisiera saber si existe la oportunidad que la pension la reciba yo?? Ya que creo q tengo la edad suficiente para administrar mi dinero.

Respuestas de otros profesionales:
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MONTIEL Y ASOCIADOS

MONTIEL Y ASOCIADOS

Abogado de Rozas de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Pues como ve en las respuestas de los compañeros, tampoco hay un criterio unánime entre los jueces y tampoco entre nosotros, siendo todas las respuestas anteriores correctas. En primer lugar, habría que estudiar lo que se dice en el convenio regulador o en la sentencia. Aunque es cierto que usted tiene derecho a percibir los alimentos desde la mayoría de edad, también lo es el hecho de que, si usted continúa estudiando y en casa de su madre, y es ella quien ha administrado el dinero correspondiente a alimentos, por sentido práctico debería ser ella quien debiera continuar administrándolo, ya que en el concepto de alimentos no solo se incluye la "comida" sino todo lo que es necesario para sus necesidades, es decir, una contribución a los gastos generales de la vivienda como luz, agua...

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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En principio debo aclararle que la pensión alimentaria, se fija en un convenio regulador aprobado por sentencia, en un proceso de divorcio o separación, y es lógico que la reciba su madre, conforme a lo dispuesto por el juez, ademas quiero sginificarle que usted es estudiante, y el estudio entra dentro del concepto amplio de pensión. Para conseguir lo que usted pretende, habría que modificar las medidas del divorcio o la separación.

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ALONSO Y PONS, Abogados

ALONSO Y PONS, Abogados

Abogado de Valencia especializado en Derecho Comunitario

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Como mayor de edad puede percibir la pensión de común acuerdo con su padre, la cual tendrá efectos plenamente liberatorios para el, en cuanto a su obligación Otra cosa distinta es como quiera pactar usted el compartir con su madre los gastos que usted le ocasiona al tenerla en su casa. Quedamos a su disposición para cualquier otra duda que le surja.

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Adriana Pons Vila

Adriana Pons Vila

Abogado de Sedaví

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El titular de la pensión no es Vd. sino su madre, que es quien se hace cargo de sus gastos habida cuenta de que vive con ella ( pago de la vivienda, gastos de luz, agua, etc, alimentación, ropa, etc.) por lo que, mientras viva en su casa , es ella quien debe administrar la pensión.Un cordial saludo.

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