Un pregunta ¿Puedo pedir la patria postestad?

Un pregunta mi hermana falleció y dejó dos niñas. Su papá no tiene un trabajo estable ¿Podría pedir la patria potestad de ella ya que no me gustaría que ande rodando?

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Contestado

Según el Código Civil vigente la patria potestad corresponde al papá, y solamente el juez puede privarle de la patria potestad, de forma extraordinaria, ante un comportamiento que vaya contra los intereses de las niñas, previo informe del Ministerio Fiscal.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Contestado

La patria potestad corresponde a los padres de las niñas y, salvo que se demuestre que no es idóneo para su ejercicio, por causas muy graves, no se le puede quitar al progenitor.

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