¿Prescriben las causas penales si no fueron notificadas?
Buenas tardes.
1.- La prescripción se interrumpe por distintos motivos en un proceso penal, habría que ver la causa para ver si es apreciable o no la prescripción.
2.- No se puede pasar a acusado sin haber tenido la oportunidad de prestar declaración como imputado. Atenta contra el derecho de defensa.
3.- Las requisitorias tienen fecha de caducidad, pero de ahí a que desaparezcan de los archivos policiales. Depende también de muchos factores (que el secretario del juzgado, por ejemplo, la renueve de oficio, que no se comunique la cancelación de la requisitoria). La prescripción no opera automáticamente, pero por lo que cuentas es posible que haya prescrito.
Un saludo.
Abogado Gandía - Daniel Furió Moncho
Abogado de Gandia especializado en Derecho Concursal
Por lo que comenta, es probable que la causa esté prescrita al haber transcurrido más de cinco años. Sólo los juicios con pena prevista no superior a dos años se pueden celebrar sin presencia del acusado. En cuanto a los antecedentes penales, éstos desaparecen automáticamente por el transcurso del tiempo, aunque en ocasiones por algún motivo siguen apareciendo y se debe pedir la cancelación (web Ministerio Justicia).
Abogado Violencia de Género Valencia MIGUEL VILLAGRAN SOLER
Abogado de Valencia especializado en Violencia de género
Prescripción del delito. Si la pena del delito es superior a 5 años, prescribe a los 10 años de la última actuación judicial; si la pena es inferior a 5 años, prescribe a los 5 años desde la última actuación judicial.
Según lo que cuenta en su pregunta, se llega a la conclusión que el delito está prescrito. No obstante, para ser más rotundo en mi respuesta, necesitaría ver la documentación.