Procedimiento judicial de reconocimiento deuda ¿qué debo hacer si yo pagué mi parte?

Tengo un reconocimiento firmado solidariamente con mi hermano respecto a una deuda a nombre de mi madre por servicios prestados en una residencia. Hace tres años.
Yo pagué mi parte y a fecha de hoy se ha recibido una reclamación judicial por el resto de la deuda en el domicilio actual de mi madre, residencia geriátrica.
Mi madre no está incapacitada pero está internada por enfermedad degenerativa.

¿Qué debo hacer?
¿Recoger la citación? Mi hermano ha rehusado recogerla.
¿No hacerlo?
¿Qué responsabilidad conlleva?
Gracias por la respuesta.

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abógalo | Open Bufete

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Abogado de Barcelona especializado en Responsabilidad Civil

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Buenas tardes, al haberse firmado solidariamente ud. responde de la parte de su hermano aunque haya pagado la suya, lo único es que ud. tendría un derecho para reclamar esa parte a su hermano. La opción de no recoger la citación no sirve de nada puesto que el procedimiento puede seguirse en su ausencia con el inconveniente que le ejecutarán la deuda y le acabarán embargando sin que pueda alegar nada en su defensa. La opción más práctica es personarse en el procedimiento con abogado y así, después de haber examinado la documentación, poder alegar lo que le favorezca. Se debería de examinar el contrato para saber exactamente qué se puede alegar. No todo lo firmado "va a misa" como se suele decir. Desde nuestro despacho le podemos asesorar en el procedimiento con todas las garantías y a unos precios asequibles.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes,

No les recomiendo limitarse a no recogerla, porque al final les van a citar mediante edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y será como si la hubieran recogido. Lo mejor será "tomar el toro por los cuernos" , recoger la citación y plantearse qué hacer. Si es un reconocimiento de deuda tan claro, la única opción será negociar plazos de pago. Si no la recogen, les acabarán condenando igual y entonces podrá llegar un embargo que no se esperan. Estoy a su disposición para resolverles cualquier otra duda.

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Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez

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Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General

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No recoger la citación no es beneficioso.
si hay un documento reconociendo la deuda, puede tratarse de un procedimiento monitorio.
Si no recogeis las citaciones el procedimiento continuará sin que sepais nada y ello no os permitirá defenderos.

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Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROS
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No es aconsejable no recogerla, porque al menos así se tiene información de lo que se reclaman y si es correcto. Como es un reconocimiento solidario te lo pueden reclamar a ti toda la deuda, y serás tu quien hayas de reclamar la parte a tu hermano. Si no lo recoges, el procedimeinto sigue adelante y un día de pronto te puedes encontrar las cuentas embargadas.
Saludos cordiales

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Advocat Immobiliari Reus - Cristina Budí
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Dependerá del tipo de procedimiento instado, pero el no recogerla no implica que no se pueda celebrar el juicio sin si personación (se le llama rebeldía) y con pérdida de opciones a una posible defensa.
Valore si realmente opta por no recogerla. Pero a veces puede interesar más ejercitar el derecho de defensa.
Saludos

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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
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Buenos días,
Como bien dicen los compañeros, el hecho de no recoger la citación no implica que el procedimiento no continúe. Si la recoge, sabrá qué se le reclama y podrá defenderse, negociar una solución con la persona que reclama... Saludos

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Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
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Debe recoger la notificación para saber de que se trata , pues dependiendo de lo que sea , el juicio se celebraría igual , sin su presencia .
Si lo desea , una vez recogida la información , le podemos hacer un análisis y aconsejarle debidamente .

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Abogado contrataciones Barcelona - Xavier Pineda Buendia

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Abogado de Barcelona especializado en Despidos

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Hola,

El no recogerla implicará que no sepa de qué va la reclamación y no podrá presentarse al juicio a defenderse. También le digo que dependerá del tipo de procedimiento que le hayan interpuesto, pero para saberlo deberá recoger la citación judicial.

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Abogado Delito Económico Barcelona Manuel Alonso Martinez

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Abogado de Olesa de Montserrat

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Debes recoger la citación, de lo contrario cuando quieres saber de que se trata puede que que ya no estés a tiempo y te embarguen.
Si quieres una vez que recojas la citación nos llamas.

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