¿Puede quedarse el locador con mis fianzas si no pago el alquiler?
Abogado Propiedad Horizontal Málaga SEGOLEY
Abogado de Alhaurín el Grande especializado en Derecho Inmobiliario
Buenas,
Como dice, esa cláusula es de muy dudosa legalidad.
En primer lugar, es correcto que se quede las fianzas correspondientes al local. Respecto a lo otro, realmente se trata de una "prenda", es decir, das algo para dejarlo como garantía de otra obligación, en este caso el buen estado de las cosas. En ningún caso el propietario puede quedarse con ese mes de fianza, pues atiende a otros conceptos, y en cualquier caso, sería un pacto comisorio prohibido por nuestro Derecho.
Pero más grave aún es el cambio de cerradura. Debe saber que NADIE puede echarle del local sin resolución judicial. El cambiar la cerradura es un DELITO DE COACCIONES que debería denunciar. Sinceramente, si Ud. cogiera ahora mismo y entrara a la fuerza en ese local y cambiara de nuevo la cerradura, estaría amparado por su contrato.
Debe saber que aunque el propietario tenga derecho a desahuciarle, se debe proceder en vía judicial, y nunca en vía de hecho, como así ha sido. Mientras tanto, Ud. es el legítimo poseedor con derecho al uso y disfrute (sin perjuicio de las cantidades que te serán reclamadas).
Debería actuar inmediatamente en protección de sus derechos, empezando por poner una denuncia en comisaría.
Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
Abogado de Zaragoza especializado en Responsabilidad Civil
Buenos días. De su relato se desprende una actuación irregular por no tildar de ilícita. No menciona si ha firmado algún documento más ,una vez impagada la renta. Sin mas datos estamos ante la realización arbitraria de derecho. Para recuperar la posesión del inmueble cedido debería de haberse acudido a los Tribunales. Respecto de la fianza , en los contratos distintos a los de vivienda existe libertad de pacto . No reseña la literalidad de las clausulas firmadas.
Analice el importe de la deuda contraída y el importe de la fianza y luego si le compensa realizar una reclamación. Visto que carece de recursos siempre puede solicitar un abogado del turno de oficio.Atentamente.
Buenas tardes:
Entiendo por lo que comenta que sí puede haber algún tipo de ilícito. Sin embargo, habría que estar al caso concreto, exponiéndolo detalladamente y revisar dicho contrato para ver sus obligaciones y sus derechos al igual que las obligaciones y derechos del dueño del local.
Si desea concertar una cita o comentar el tema, no dude en llamarnos!
Estimado cliente: Respecto del hecho de quedarse con las fianzas entiendo que sí es legal lo que ha hecho. Sin embargo, entiendo que el hecho de cambiar la cerradura supone un ilícito que puede llegar a ir por la vía penal.