¿Puedo demandar por mala fe a una persona por alargar un proceso judicial?
Hola, nos aporta pocos datos para darle una respuesta más concreta. Le decimos que aceptar la dación en pago no es obligatoria para saldar la deuda, ya que es voluntaria y se puede aceptar o no. Además no sabemos si con ésta dación, se cubriría el total de la deuda o el importe de la deuda es superior al del inmueble. De todas maneras, no vemos mala fe por no aceptar dicha dación, pues como le digo, es totalmente voluntaria.
Un saludo y gracias.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
No aceptar una propuesta de pago, que además puede no suponer el total abono de lo debido, no es ningún hecho que constituya mala fe, ya que la dación en pago de un piso no es obligatoria para su madre y menos que le libere de pagar si con el valor del piso no se paga toda la deuda.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Si se acepta la dación en pago por las partes, no entiendo por que no se lleva a efecto de forma inmediata, cuestión distinta es que una de las partes no la aceptara. Un saludo
A fin de poder estimar si hay posibilidades legales para demandar es preciso examinar los autos, por lo que sería conveniente tener una entrevista personal con usted.