¿Puedo negarme a firmar la nómina?

Soy fija-discontinua en una empresa hotelera.
Tengo contrato de 30 horas y FIRMO Y PERCIBO la nómina de 30 horas, con lo cuál les regalo una semana al mes. ¿Podría negarme a firmar la nómina? Gracias

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Miguel Roca Abogado

Miguel Roca Abogado

Mediador de Palma de Mallorca

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Buenos días,
Lo que se conoce como "nómina" es en realidad un "recibo de salarios" y tienes que saber que tu firma no implica la conformidad con ello.
Por lo que expones, aunque firmes la nómina, puedes ejercitar todas las acciones que te correspondan en defensa de tus derechos, incluso relativas a la liquidación que acabas de firmar.
Como tal "recibo", cuando la entrega se hace al momento en metálico o cheque no puedes negarte a firmar puesto que el empresario tiene derecho a exigir ese recibo de pago.
Cuando se hace mediante transferencia bancaria, que es lo habitual, sí podrías negarte, aunque no tiene sentido, puesto que lo que acredita el pago es el justificante de esa transferencia y no necesita tu firma.
Espero haberte ayudado. Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Mediador
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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Son 30 horas semanales, no mensuales. No obstante seria necesario revisar su contrato.

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