¿Puedo retrasar mi desahucio por impago de alquiler?
Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
Abogado de Terrassa especializado en Derecho Urbanístico
Buenos dias. De conformidad con el artículo 704 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el mes que le han dado para proceder al lanzamiento puede prorrogarse por un mes más si acredita la justa causa que lo motive. Como entiendo que no tiene abogado, la mejor manera es comparecer ante el juzgado haciendo esta solicitud y allí ya le indicarán la mejor manera de proceder
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Buenos dias. De conformidad con el artículo 704 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el mes que le han dado para proceder al lanzamiento puede prorrogarse por un mes más si acredita la justa causa que lo motive. Como entiendo que no tiene abogado, la mejor manera es comparecer ante el juzgado haciendo esta solicitud y allí ya le indicarán la mejor manera de proceder
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Buenos dias. De conformidad con el artículo 704 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el plazo de un mes para desalojar la vivienda será de un mes prorrogable a otro mes más en caso de necesidad, lo que deberá acreditarse. Si no tiene abogado, acuda al juzgado donde le indicarán la mejor manera de proceder
En principio no, pero si el día del lanzamiento se encuentran menores de edad (nños pequeños) en la casa, normalmente se suspende y se fija una nueva fecha.
Para cualquier consulta visita nuestra web:
http://www.abogalo.com/
saludos
Buenas tardes,
Podemos retrasarla meses. Necesitamos que nos envíe la notificación del juzgado por correo electrónico o fax a PEDRALBES ABOGADOS.