¿Quién debe pagar las costas si fui condenado en juicio?
ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
Buenas, en alusión a tu pregunta yo también lo veo como tu abogado: Primero pagas al profesional que has contratado, en este caso tu abogado, y posteriormente se reclamará al condenado en costas el dinero de las mismas y ya cobras tú, pero lo normal si nada se pacta en contrario es hacerlo como te dice tu abogado.
Se suele hacer así porque las relaciones de dos son más fáciles, tu contrataste un servicio y tu abogado ya ha ganado; pues se abona ese servicio y ya posteriormente se ejecutarán costas etc. Así se evitan dilaciones.
Yolanda Pérez Guardiola
Abogado de Benidorm especializado en Contencioso Administrativo
Es usted quien ha contratado a su Abogado, por lo tanto es usted quien debe liquidar sus honorarios y los derechos del Procurador devengados en el pleito. Si tiene una condena de costas a su favor, podría resarcirse de estas cantidades siempre que la otra parte sea solvente, no sea beneficiaria del beneficio de justicia gratuita etc...
Entiendo también que lo que le ha comentado su abogado es correcto, las costas son para usted, pero si no las pagan o no están de acuerdo con el importe que les pasen, tendrá que reclamárselas judicialmente en un incidente de tasación de costas, pudiendo incluso ustedes embargarles bienes si no se las abonan.
Estimado cliente: en principio lo que le ha dicho su abogado no es incorrecto salvo que ustedes hubiesen pactado lo contrario en la propuesta de servicios.