Reconocimiento de deuda

Tengo firmado ante notario, el reconomiento de deuda de una persona hacia mi. Este persona no ha pagado en el plazo estipulado, que era Diciembre del 2012. En el Reconocimiento de deuda, se dice explicitamente que de no cumplirse el pago puedo reclamar judicialmente ¿me puede decir alguien cuales son los pasos correctos a seguir?. Esta persona (de forma amenazante) me ha escrito diciendo que si le denuncio nunca cobraré, porque se va a declarar insolvente, etc, etc. Se que lo único que tiene a su nombre, sea probablemente su descapotable clásico ¿podemos reclamar su embargo para valorarlo y que sirva de pago?. Necesito ayuda, y aboda muy probablemente. Gracias

Respuestas de otros profesionales:
Basic
José Ángel de Villota Villota

José Ángel de Villota Villota

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Se puede ejercitar la acción ejecutiva en base a la primera copia de escritura. El Juez despacha ejecución sobre los bienes del deudor. Es preciso interponer demanda asistido de abogado y procurador. En La demanda se especifican los bienes objeto de embargo, se procede al embargo preventivo.
El damandado puede oponerse a la ejecución por los motivos tasados en el artículo 557 de LEC (Pago, Caducidad, Prescripción , Compensacion, Quita o espera,Trasaccion en documento público, pluspetición).
Si proper la demanda ejecutiva al deudor le condenan al pago de las costas e intereses.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Majadahonda Maria Luisa Herrero
Contestado

Estimado Sr,
El artículo 517 de la Ley de Enjuicimiento Civil reconoce el carácter de "título ejecutivo" de las escrituras notariales en primera copia. Éso quiere decir de forma sencilla que tiene usted algo "parecido" a una sentencia, y que por lo tanto, no necesita iniciar un procedimiento para que le reconozcan la deuda, sino que puede ejecutarla directamente sobre el patrimonio de su deudor. Tendrá que contar con un abogado y un procurador , para que presenten una demanda de ejecución con el documento que usted tiene. Quedo a su entera disposición.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Contestado

Simplemente consiste en presentar una demanda de reclamación de cantidad (que será la que le debe); una vez se dicte sentencia condenatoria, si no paga, indudablemente se puede embargar el vehículo; yo aconsejaría antes de ir por el vehículo, solicitar al punto neutro (antes servicio de averiguación de bienes) que averiguara los bienes que posee esta persona. Estoy a su disposición en Madrid, C/ Cea Bermudez 38, 3º A para llevarle el caso.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Contestado

Si no estoy equivocado esta pregunta está respondida ya aquí: http://es.lexdir.com/questions/reconocimiento-de-deuda-2487.

En la medida de que esta persona tenga bienes o derechos a su nombre, se podrían embargar para tratar de cobrar la deuda. Además, si por escrito le ha proferido esa amenaza, guarde esos escritos por si su conducta pudiese ser constitutiva de una insolvencia punible.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Vicenç Mitjana Rabasa - ADVOCAT

Vicenç Mitjana Rabasa - ADVOCAT

Abogado de Tremp

Contestado

Buenas tardes,
usted debe acudir a un letrado con el documento notarial para que le prepare y redacte la pertinente demanda judicial. para cualquier aclaración, no dude en ponerse en contacto con este despacho. Saludos cordiales

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
Vicenç Mitjana Rabasa - ADVOCAT

Vicenç Mitjana Rabasa - ADVOCAT

Abogado de Tremp

Contestado

Buenas tardes,
usted debe acudir a un letrado con el documento notarial para que le prepare y redacte la pertinente demanda judicial. para cualquier aclaración, no dude en ponerse en contacto con este despacho. Saludos cordiales

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Premium
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Contestado

Debe acudir a un abogado con el reconocimiento de deuda y la documentación de donde esa deuda proceda para que le formule la oportuna demanda judicial.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado