Recurrir ¿si o no? multa ora ourense
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Contestado
Buenos días;
Usted podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde la notificación de la sanción o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado en el plazo de dos meses. Con el justificante del pago de los dos euros sus recursos serán viables.
Cualquier cuestión no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho en el cual le informaremos sin compromiso.
Un saludo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
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La decisión depende de Vd., como le ha indicado el compañero poder puede recurrirla y argumentos tiene si canceló la sanción; habría de analizarse un poco mas a fondo y ver los términos de la cancelación, etc. Saludos cordiales y suerte.
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