Recurso multa estacionar en carril de circulación art 91.2 m)
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
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Buenas tardes. Estacionar en un carril de circulación siempre es considerado constituir un peligro u obstaculizar gravemente la circulación. No es necesario que la molestia se produzca a un vehículo concreto.
Efectivamente, no es necesario que un carril de circulación esté señalizado.
Sobre continuar recurriendo, imagino que por lo que dice ahora corresponderia recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución. Siendo asi y a falta de nuevas pruebas o argumentos que no hubiese podido alegar en su momento, el recurso no prosperará.
Advocat Banyoles - Q & B Advocats
Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común
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Me temo que su defensa es complicada. Estacionar en una Carretera, no en una calle, esta prohibido. El mero hecho de estacionar ya supone un riesgo.
todo ello interpretando de su exposición que estación o en una carretera.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Muestro mi conformidad con la respuesta de la Sra. Díez en cuanto a la irregularidad del hecho y escasas posibilidades de éxito. Saludos cordiales.