¿Se puede reclamar por una caída en un hotel?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Si la caída se ha producido por culpa o negligencia del Hotel porque ha hecho o no ha hecho lo que debía hacer, cabe reclamar una indemnización por la responsabilidad del establecimiento. Ahora bien, hay que probar siempre que el daño se ha producido y cuál es su valoración, teniendo un plazo de un año para reclamar desde la completa curación. A tal fin, les recomendamos que hablen con la dirección del hotel dando traslado de lo sucedido con el parte médico correspondiente para que comunique a su aseguradora el correspondiente parte del siniestro. Asimismo, y para negociar con la aseguradora, siempre es recomendable también que lo haga un profesional por ustedes, si bien lo pueden hacer personalmente. En caso de que el siniestro sea rechazado por la aseguradora del hotel, habrá que valorar los motivos de ese rechazo para actuar en consecuencia y ejercitar las acciones correspondientes si se considera viable la reclamación y desean reclamar, para lo cual también es aconsejable siempre contar con el asesoramiento de un abogado. Si desean contactar con nosotros lo pueden hacer por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también prestamos asesoramiento telefónico y online en casos como el suyo, previo presupuestos siempre.
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenos días.
En principio si la caída es debido a alguna deficiencia en el hotel, entiendo que si se puede pedir indemnización.
No obstante habría que hablar con el hotel para ver los términos de su contrato de seguro, ya que con toda probabilidad tendrán contratado el caso de accidente dentro de sus instalaciones.
Tiene que guardar el informe medico que le hicieran.
Si desea cualquier aclaración póngase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo
Buenos días.
Su mujer tiene derecho a una indemnización por los daños causados. Normalmente en éstos casos, si es una caída por causas del hotel se solicita la indemnización por los daños y es el seguro del hotel quién hace frente a ello.
Le recomiendo acuda a un abogado para mejor interés de sus derechos.
Un saludo
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Dado que no indica de que modo se cayo y en que circunstancias, por de pronto tan solo se me ocurre que de cuenta de la caída al Seguro de Responsabilidad Civil del Hotel para dirimir si procede o no indemnización.
Si la caida se debe a culpa o negligencia del hotel si tendrá derecho a solicitar indemniización. En el juicio hay que demostar lla culpa o negligencia del hotal que esta a tenido como efecto la caida y el importe de la indemnización
Buenos días;
Como le indica mi compañero sería necesario saber en que condiciones se produjo la caída y dependiendo de ésto podría exigirse una indemnización.
Un cordial saludo.
Buenos días,
Para poder responder a la pregunta que formula, le rogaríamos indicase las características de la caída (cómo se produjo la misma).
Saludos cordiales,