Separación de bienes
Hola,
El que el matrimonio este con régimen económico de separación de bienes y que cada uno tenga un piso no implica ni condiciona los efectos económicos que el divorcio puede producir.
En concreto me refiero a los siguientes efectos:
Alimentos a hijos. Si hubiera hijos menores o mayores dependientes económicamente de ustedes tendrían que fijar una pensión de alimentos en función de sus posibilidades y de con quién queden viviendo los hijos.
Pensión compensatoria. Esto depende de si la separación o divorcio produce algún desequilibrio en uno de los cónyuges en concreto si su esposa tiene o no trabajo o ingresos propios parecidos a usted, no habría derecho a pensión compensatoria pero si no trabaja y ha estado dedicada a la familia podría pedir una pensión compensatoria.
Además podría existir la posibilidad de exigir una indemnización dentro del régimen de separación de bienes si se demostrara que alguno de los esposos ha trabajado para la casa o ayudado en el negocio del otro y esto ha supuesto que la otra parte haya visto incrementado su patrimonio. No parece que en su caso se de esta circunstancia.
un saludo.
CARMEN PALACIOS LEBRON BUFETE JURIDICO
Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes
Si no hay hijos menores o mayores e incapacitados dependientes económicamente, no procederá hablar de alimentos
Ahora bien, siempre cabría q pudiera pedir una indemnización como consecuencia del fin del marmtrimi II si se dan los presupuestos legales para ello.
Si desea una consulta con nosotros, solicítela y estaremos encantados de ayudarle.
Un saludo