Solicitar custodia y pensión

Hasta ahora, mi hijo vivía con su madre. Desde hace 3 meses vive conmigo y no quiere volver a vivir con su madre. Hasta ahora yo le pasaba una pensión por alimentos a la madre. Ahora, él vive conmigo, por decisión propia tiene 16 años, y supongo que sería yo el que tiene que recibir la pensión por alimentos. ¿Cómo se realiza el cambio? Nunca estuvimos casados, sólo convivíamos juntos y ella se fue. No hay sentencia anterior que regulará la pensión, fue de mutuo acuerdo. Quedo a la espera de su respuesta, gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Lo mismo que antes lograron un acuerdo, ahora también deberían intentarlo y si han cumplido sin incidencias lo que pactaron, también puede ser cumplido de igual modo lo que convengan. Ahora bien, si eso no es posible en estos momentos tendrá que buscar un abogado para pedir en un Juzgado la fijación de medidas respecto del menor (guarda, visitas, alimentos) si tampoco consigue alcanzar un acuerdo con la intervención de dicho profesional. Siempre es recomendable solicitar esas medidas de mutuo acuerdo, pero si no es posible esa solución solo le quedará no hacer nada, y asumir los gastos que la madre no quiera pagar, o hacer que un Juzgado fije esas medidas, las cuales podrá obligar a cumplir si no se cumplen voluntariamente, algo que no podrá hacer si no han sido fijadas judicialmente, de ahí que sea recomendable esta alternativa. Si quiere pedirnos un presupuesto puede contactar con nosotros.

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Lopez Sanchez Abogados

Lopez Sanchez Abogados

Abogado de Betanzos especializado en Derecho Civil

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¿Ha probado a solicitárselo a la madre? Si el menor ya reside con usted y no hay ninguna sentencia que así le obligue, por el momento debería dejar de realizar dicho abono (si el mismo es únicamente por alimentos y no una compensatoria).
Intente desde ya hablar con la madre del menor ya que cuanto más tarde más tardará en recibir la pensión. Si ella no accede a realizar el abono debería acudir a los juzgados y regular su situación y con ello la manutención

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ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
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Si no paga de forma voluntaria deberá presentar demanda de medidas paterno-filiales (procedimiento previsto para hijos de padres no casados).
Cuanto antes la presente, antes tendrá derecho a cobrar la pensión.
Esta será hasta que su hijo alcance su independencia económica, no hasta que sea mayor de edad.
Quedamos a su disposición en Madrid, Leganés o Alcobendas.

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Lo lógico sería requerir a la madre para que abone la pensión de alimentos como hacía usted, y evitarse cualquier gasto judicial. Pero si no entra en razón, tiene que solicitar la adopción de medidas respecto a hijo extramatrimonial, exponiendo la situación por la que ustedes se han autoregulado desde su separación, y solicitar que se adopten las mismas medidas pero ahora respecto a usted. Cuando más tarde, más tardará en que se le abone dicha pensión de alimentos, porque sólo se le abonará desde la interposición de la demanda.

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Bufete Ledesma y Tavero

Bufete Ledesma y Tavero

Abogado de Móstoles especializado en Derecho de Familia

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Si usted no llega a un acuerdo con la madre y quiere la custodia de su hijo y percibir una pensión, tendrá que solicitarlo a través del Juzgado. Puede contactarnos y le daremos un presupuesto sin compromiso, con las facilidades de pago que necesite. Quedando a su disposición, reciba un saludo cordial.

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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Si no hay sentencia y es mutuo acuerdo debe interponer una demanda solicitando la custodia y pensión. Saludos

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