¿Hasta cuándo debo pagar la pensión de alimentos a mi hijo?

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Bufete Ledesma y Tavero

Bufete Ledesma y Tavero

Abogado de Móstoles especializado en Derecho de Familia

El obligado a prestar alimentos puede dejar de hacerlo en los casos previstos en el Código Civil.

     El Código Civil (arts.150 y 152) prevé los supuestos en que el obligado a abonar alimentos puede dejar de prestarlos, tanto si la obligación era impuesta por sentencia o establecida en un pacto. Estos supuestos son:

     1º Con la muerte del obligado a prestar los alimentos o la muerte del hijo.

     2º Cuando la fortuna del obligado se reduce hasta el punto de no poder satisfacer la pensión sin desatender sus propias necesidades y las de su familia. Si la reducción de la fortuna es total, la obligación de pagar la pensión se suspende temporalmente hasta que el obligado vuelva a contar con medios económicos suficientes para abonar los alimentos. En cambio, si la reducción de medios económicos del obligado es parcial, su obligación sólo se reduce en parte.

     3º Cuando el hijo pueda ejercer un oficio o profesión. No es necesario que el hijo esté ya trabajando, sino que pueda trabajar y tenga la posibilidad concreta de hacerlo, lo que deberá valorarse atendiendo a las circunstancias de cada caso. 

     4º Cuando el hijo haya adquirido un patrimonio o mejorado de fortuna, de modo que no necesite la pensión alimenticia para su subsistencia.

     5º Cuando el hijo hubiese cometido alguna falta de las que dan lugar a la desheredación. Es decir, cuando el hijo hubiera sido condenado por sentencia firme por haber atentado contra la vida del obligado a pagar la pensión, o por haberle causado lesiones, o por maltratarle de obra o injuriado gravemente de palabra, o por denuncia falsa, etc.

     6º Cuando el estilo de vida del hijo puede considerarse “parasitario”, esto es, no estudia, no trabaja, lleva mala conducta, etc.

     Para hacer valer cualquiera de estas causas habrá que acudir al correspondiente procedimiento judicial, que la mayoría de las veces será el denominado procedimiento de modificación de medidas. 

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