Sucesión abintestato.
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La verdad es que debería reformular su pregunta, pues, en verdad, no se qué es lo que le ha recomendado el abogado al que Vd. se refiere. Ahora bien, mi recomendación es conocer cuáles son los bienes de la herencia (si existen deudas o no), y si el saldo mereciese la pena, estonces como quiera que la esposa, al no existir descendientes conocidos, ni ascendientes que sobrevivan a su primo, sería la heredera abintestato, no veo inconmveniente en que inste la correspondiente declaración de herederos a su favor y formalice el inventario, aceptación y adjudicación de la herencia.
Luis Manuel López Domínguez
Abogado
C/Alfonso VI 9D, bloque I, 3º A
19250 Sigüenza
e-mail: luismlopezabog@hotmail.es
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Si su primo tiene deudas es mejor repudiar la herencia, pero habría que saber qué bienes tenía, porque si comparte propiedad de la vivienda con la esposa, ella tendría que hacer declaración de herederos. Si hay hijos o no también influye en los trámites y las decisiones.
Abogado laboralista Azuqueca de Henares Víctor Pérez de Diego
Abogado de Azuqueca de Henares especializado en Despidos
En España, existe una prelación para la sucesión mortis causa, que no puede alterarse. Si existen deudas la herencia, mediante un procedimiento especial, debe aceptarse a beneficio de inventario. Hable pues con un especialista para que puedan asesorarle convenientemente