¿Tengo derecho a indemnización?
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Contestado
Estimado amigo, la incapacidad permanente total es una causa legal de extinción del contrato de trabajo, y esta extinción no lleva aparejada ninguna indemnización, ya que no se produce por voluntad de la empresa, ni por un incumplimiento de sus obligaciones. Si la incapacidad puede ser reversible, tiene usted derecho a reserva del puesto de trabajo al menos por dos años. No obstante, si en casos similares anteriores la empresa procedió a recolocar a otros trabajadores en puestos de trabajo compatibles con la incapacidad, podríamos hallarnos ante un caso de discriminación, pero esta opción precisa de un estudio detallado y es complicada. Un saludo
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