¿Tienen derecho a prohibirme que utilice mi terraza como quiero?

Hola. Tengo una terraza de 50 m2 y de vez en cuando hago una torrada. Ahora me mandaron una carta del administrador diciendo que no puedo hacerlo más. ¿Hasta que punto es legal o no hacer una torrada en mi terraza de un primer piso que da a la calle, haciendo la torrada lo mas alejado posible de la fachada de la finca? ¿Me pueden prohibir hacerlo? ¿Me podrían denunciar? ¿Qué consecuencias tendría? Gracias.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que pregunta, y dando por hecho que vive en una casa en régimen de propiedad horizontal (dividida en pisos), le precisamos lo siguiente: 1) Que tenga una terraza no quiere decir que pueda hacer en ella lo que le dé la gana;
2) Lo normal es que la terraza a la que se accede por su piso y que usted sólo utiliza sea un elemento común y, por consiguiente, que esté sujeta al régimen y a las limitaciones de dichos elementos; 3) Por todo ello, y si bien habría que analizar la documentación concreta de su caso, lamentamos decirle que es más que probable que sus vecinos tengan razón y que no pueda hacer lo que está haciendo, por lo que le sugerimos que deje de hacerlo si no quiere tener problemas; 4) No obstante, como se le ha dicho, tendría que ser examinada la documentación concreta del asunto para poderle confirmar o no nuestra primera impresión, por lo que si desea contratar nuestro asesoramiento puede pedirnos un presupuesto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Administrador de Comunidades de Propietarios - QUO VADIS Fincas

Administrador de Comunidades de Propietarios - QUO VADIS Fincas

Asesoría de Mérida especializado en Derecho de la Vivienda

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Sin entrara a valorar si su terraza es elemento privativo ó común de uso privativo, le indico que lo más probable es que el requerimiento que su administrador le ha enviado no se deba al uso de la terraza sino a las molestias que la torrada (creo que es una parrillada, he tenido que buscarlo en el diccionario) ha podido causar a sus vecinos y estos se habrán quejado al Presidente y/ó al Administrador.
Le informo que en una Comunidad existen normas de convivencia reguladas en la LPH y enfocadas a evitar que los derechos de unos propietarios pasen por encima de los de otros.
Concretamente, imagino, que el requerimiento se le ha realizado en base al artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, que regula las actividades prohibidas, molestas e insalubres en una Comunidad de Propietarios.
Hable con su Administrador ó con el Presidente para que le aclaren con exactitud el motivo del requerimiento que le han realizado.

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