¿Vendedor de vivienda obligado a dejar caldera en buen estado?
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
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Depende de lo que diga el contrato de compraventa, si se dice que la casa se vende "como cuerpo cierto" significa que Vd. conoce su estado. Si no existe ninguna declaración de este tipo o alguna otra en la que manifiesta conocer el estado de la vivienda, podría reclamar por habérsele vendido la vivienda con la caldera en mal estado. En cualquier caso hay que ver el contrato de compraventa, que supongo será una escritura publica y ver si se define el estado de la casa, aunque ya le adelanto que en una escritura no va a encontrar una descripción del estado de la caldera.
En viviendas de segunda mano, ya usadas y de una cierta antigüedad no se aplica las mismas normas que en vivienda nueva, porque se supone que la casa esta usada y no está nueva y puede necesitar alguna reparación.
Debe consultar con un abogado y ver sus contrato.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
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Comparto las respuestas de mis compañeros, si decide ponerlo en manos de un abogado, hágalo cuanto antes, en otro caso, remita un burofax al vendedor a la mayor brevedad, con certificación de contenido y reclamación de lo que proceda: reparación, sustitución por otra de similares características; si el anterior propietario ha realizado alguan conexión o ha contratadoa algún técnico, podrá a su vez reclamar lo que proceda. Guade el informe del técnico pues es muy importante. espero haber sido útil, un cordial saludo.
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
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Buenos días, Primero debería de comprobar que la caldera está así antes de su compra, bien como dice si lleva pocos días y se comprueba fácilmente de su avería podría probarse. Puede por ser un vicio oculto pedirle una de las dos cosas: una es que afronte el vendedor de la vivienda la reparación y otra es que arregle usted la caldera y reclame el coste. Espero que le sirva la información, puede ponerse en contacto con nuestro despacho y solicitar una cita donde le atenderemos encantados. Un saludo cordial.
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Vivienda
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Buenas tardes, habría que estudiar la documentación sobre todo el contrato de compraventa, pero tal y como lo expone podría ser posible interponer una demanda en ejercicio de una acción de saneamiento por vicios ocultos cuyo plazo de prescripción son 6 meses a contar desde que se produjo la compraventa, Desde Padrino Abogados le invitamos a que concierte una cita con nosotros para poder darle un asesoramiento más concreto y personalizado a su caso.
Saludos
Noelia Padrino
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
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Efectivamente el estado de la caldera puede ser un defecto o vicio oculto que sería reclamable, siempre que demuestre que estaba así en el momento de la compra. Si el importe de la reparación es inferior a 2.000 euros puede hacerlo sin abogado ni procurador, siempre que el vendedor resida en la misma localidad que usted. Si el importe supera esa cantidad (lo que significaría quizás comprar otra caldera) necesita de abogado y procurador.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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Para no ser repetitivo, comparto la tesis de mi compañero Blanco Segarra.