Venta de un coche a particular

Buenos días . mi problema es que en diciembre de 2016 vendí un coche a una chica por 1700 euros el coche es un ford focus de 2004 que estaba bien, el problema es que ahora , casi 5 meses después de venderlo la chica me llama y me cuenta que el coche a parado , que lo llevo al taller, que son los inyectores del motor y que le cuesta 1800 euros que que se los tengo que abonar yo porque dice que según la ley tengo que darle 6 meses de garantía , que su abogado le dijo eso .... no se si es verdad la cuestión es que ella me amenaza que si no pago el arreglo me denuncia. Quería saber que dice la ley sobre eso , si tengo que pagarle el arreglo o no.

gracias.

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BUFETE DIEGUEZ

BUFETE DIEGUEZ

Abogado de Coruña especializado en Derecho Civil General

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Los arts. 1484 y 1485 CC establecen que el vendedor está obligado al saneamiento de los defectos ocultos, aunque los desconozca. Lo que está en duda es si esta avería puede considerarse un vicio o defecto oculto, algo que intentaremos aclarar más adelante.

En cuanto a las opciones que tiene el comprador, el art. 1486 CC dispone que son dos: desistir del contrato, con el abono de los gastos que pagó, o bien rebajar una cantidad proporcional del precio. En este caso, la compradora no está ejerciendo ninguna, ya que lo único que pide es una cantidad (mayor que la de la propia compraventa del coche), algo que no se ajusta a ninguna de las acciones.

Plazo de extinción de las acciones: seis meses(art. 1490 CC).

La causa más frecuente relacionada con las averías del sistema de inyección es el propio desgaste natural de los inyectores, producido por el uso cotidiano del vehículo. Al encontrarnos ante un coche con 13 años de antigüedad, es más que previsible que puedan surgir problemas de estas características, sin que esto sea imputable en ningún caso a la irresponsabilidad o a la mala fe del vendedor, por lo que entendemos que una avería de un inyector no puede considerarse un vicio o defecto oculto, sino más bien una posible consecuencia derivada de la antigüedad del vehículo y que la parte compradora debería prever y tener en cuenta.

En cuanto al coste del arreglo, hay que decir que la sustitución del inyector está en torno a los 250 € y los 500 €, dependiendo de si el coche es de gasolina o de diésel, más la mano de obra; cantidades que se alejan bastante de lo que pide la compradora.

Quedamos a su disposición para cualquier tipo de duda o consulta. Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Marco Antonio Manzano. Mediador familiar y Abogado. Servicio de Mediación
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el vendedor particular únicamente está obligado a entregar el vehículo sin ningún tipo de carga, gravamen o defecto oculto. En caso de que el comprador detecte alguna irregularidad en este sentido, tiene 6 meses para interponer una demanda judicial con el objetivo de arreglar los desperfectos sin coste o de devolver el producto.

No obstante, para que se pueda hacer uso de esta garantía de 6 meses, siempre tiene que haber una denuncia de por medio, además de la obligación por parte del comprador de probar que el defecto del coche era anterior a la compra. El vendedor no tiene deber alguno de entregar una garantía por escrito, de ahí la necesidad de la denuncia.

El comprador no tiene derecho a reclamar por fallos que estén a la vista en el momento de la compra, ya que el vendedor solamente tendrá obligación de actuar, como decíamos, en caso de “vicios” o defectos ocultos.

De todas formas, puede iniciar un proceso de Mediación con la otra parte para intentar llegar a un acuerdo amistoso, si sigue con la opción de acudir a la vía judicial.

Si necesitas cualquier tipo de información, te puedes poner en contacto conmigo. Gracias

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