Divorcio entre italiana y marroquí

Hola, buenas tardes,
Me quiero divorciar pero soy de Italiana, residente en España, y mi pareja de Marruecos.

Me puedo divorciar en ESPAÑA? y como esta mi situación?
Tengo tres hijos pero no tienen el apellido de su padre, ¿Me conviene ponerle a mis hijos el apellido de su padre en un posible divorcio?
y para ponerle el apellido de su padre qué debo hacer?

Muchas gracias, espero vuestra respuesta.

Respuestas de otros profesionales:
Premium
Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Hola buenas tardes

Si el domicilio habitual es España, ustedes, ya estén casados o no lo estén (pareja de hecho), pueden divorciarse o separarse en España. Los tribunales españoles son competentes.

Si los hijos no están reconocidos por su pareja entonces la desventaja es que no podrá pedir pensión de alimentos a favor de los hijos porque no figurará como padre. De todos modos, puede pedir pensión de alimentos o compensatoria a su favor (es decir a favor de usted, si la separación le coloca en peor situación).

Para ponerle el apellido del padre debe o bien presentar instancia al Registro Civil si el padre los reconoce o si nos los reconoce interponer demanda de paternidad.

Si desea concertar una visita o ponerse en contacto para atender sus dudas estoy a su disposición.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Contestado

Si su domicilio habitual lo tiene en España, el divorcio lo puede tramitar aquí. Si en el divorcio quiere solicitar al padre de los niños una pensión de alimentos tendrá que acreditar primero que él es el padre, y si no está inscrito en el Registro Civil no va a poder solicitarla, si él dice que no es el progenitor. Si quiere que él los reconozca, tendrían que acudir los dos al Registro Civil de donde estén inscritos los menores, e inscribir al padre; si él no quisiera realizarlo tendría que presentar una demanda de paternidad, presentando pruebas conforme él es el progenitor para que sea reconocida la paternidad mediante sentencia judicial y así poder inscribirlo en el Registro Civil. Si necesita ayuda puede contactar con este despacho profesional. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

VER PERFIL
Contestado

Puede divorciarse en España, de mutuo acuerdo, y se aplica la ley española. Y si no están de acuerdo, también se aplicará la ley española si los dos residen en España, o al menos uno.

Qué significa que no tienen el apellido de su padre?, que no los reconoció?. Porque si no están reconocidos, es lo primero que hay que hacer, si él está de acuerdo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado