¿Es legal que no me den las pagas en mi finiquito?
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Habría que mirar si las pagas extraordinarias ya las tenía prorrateadas en la nómina. Muchas veces se confunde el concepto de finiquito con el de indemnización; el primero hace referencia a la liquidación que le corresponde por los días que ha trabajado del mes en curso, más la parte proporcional de las pagas extraordinarias si no están incluidas en nómina, más la parte proporcional de las vacaciones si no las ha disfrutado. Por el contrario, la indemnización sólo se da si se declara el despido improcedente, si hay un fin de contrato que así se estipula en él o el convenio colectivo reconoce esa indemnización por fin de contrato. Un saludo de Patón Abogados.
Buenas tardes:
Si no ha cobrado Ud. las pagas extraordinarias prorrateadas en la nomina de cada mes mientras ha durado su contrato, con el finiquito le tienen que abonar las partes proporcionales de la misma a la duración de su contrato y los días de vacaciones que no ha disfrutado y que en su caso serían 15 días. si no lo hacen puede Ud reclamar esas cantidades.
Un saludo
Abogado Indemnización por despido Barcelona Marben Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Despidos
Hola.
Si las pagas no están prorrateadas le tienen que liquidar la parte proporcional. De vacaciones, le tienen que liquidar los días devengados y no disfrutados.
Aparte, le tendrán que abonar una indemnización de 12 días por año de servicio.
Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
No, salvo que las tenga incluidas en nómina .