Fiscalidad en ere nulo

Hola, el 31/03/2014 con 56 años, fui despedido, bajo la ejecución de un ERE. El 12/06/2014 la Audiencia Nacional declara la nulidad del ERE y el 20/04/2015 el Supremo ratifica la sentencia.
La empresa y yo hemos llegado a un acuerdo para rescindir el contrato con fecha 31/07/2015, pagándome el salario de tramitación y manteniendo las condiciones de despido por el ERE, que eran de Prejubilación (80% de mi salario neto, Cotizaciones a la SS hasta los 63 años y 2 años de Desempleo).

La empresa me ha pagado el Salario de Tramitación desde el 1/04/2014 hasta el 31/07/2015 y yo he devuelto lo cobrado en ese periodo de desempleo y de Renta garantizada (caixavida).

Entiendo que fiscalmente tengo que hacer una Declaración de la Renta complementaria para el ejercicio 2014 ? ya que lo que declaré en su día a sufrido variaciones.

La empresa me ha remitido el certificado de retenciones del 2015 y me incluye 9 meses del 2014 y 7 meses del 2015.

Mis presuntas son:
1º.- debo hacer una declaración complementaria del 2014 ?

2º.- Le puedo exigir a la Empresa que me desglose los rendimientos y retenciones por ejercicios?

Muchas gracias.

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GONZÁLEZ HIDALGO ABOGADOS

GONZÁLEZ HIDALGO ABOGADOS

Abogado de Málaga especializado en Procesal Civil

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Contestado

Buenos días:

Debe hacer una declaración complementaria de 2014, ya que ha devengado en dicho periodo salarios de tramitación, y no desempleo, habiendo de imputarse las retenciones correspondientes asimismo a los periodos de devengo (y no de pago).

Es exigible a la empresa que le comunique los rendimientos y retenciones desglosados por ejercicios. Los 9 meses del 2.014 no han de imputarse a 2.015 en cuento a los rendimientos y retenciones (Conculta vinculante Dirección General de Tributos de 10 de diciembre de 2012).

Saludos,

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