Fraude a la seguridad social
La fata de cotización de su trabajadora, puede suponer una infracción muy grave prevista en la Ley de Infracciones y Sanciones en el orden Social. Esta infracción supone la imposición de la multa, más la obligación de abonar las cotizaciones debidas con su correspondiente recargo. Si la trabajadora denuncia, además deberá pagar las diferencias salariales.. Si se pone Usted al día de manera voluntaria, puede ser que no se le inicie expediente sancionador y no tenga que pagar la multa o tenga que pagar menos, al haber hecho el pago de la cotizaciones de manera voluntaria. Puede ponerse en contacto con nuestro despacho en ruizballesteros@icab.cat y le concretaremos la consulta.
La fata de cotización de su trabajadora, puede suponer una infracción muy grave prevista en la Ley de Infracciones y Sanciones en el orden Social. Esta infracción supone la imposición de la multa, más la obligación de abonar las cotizaciones debidas con su correspondiente recargo. Si la trabajadora denuncia, además deberá pagar las diferencias salariales.. Si se pone Usted al día de manera voluntaria, puede ser que no se le inicie expediente sancionador y no tenga que pagar la multa o tenga que pagar menos, al haber hecho el pago de la cotizaciones de manera voluntaria. Puede ponerse en contacto con nuestro despacho en ruizballesteros@icab.cat y le concretaremos la consulta.
Abogado de Vivienda Málaga Ferrary Abogados
Abogado de Málaga especializado en Derecho Laboral
El sistema de infracciones y sanciones en este caso sería el general. Se podría tratar de una infracción grave que tiene previsto una multa de entre 3.000 y 6.000 euros. Además se podría exgir el cobro de las cotizaciones impagadas y sus intereses generados de los últimos cuatro años. Puede Ud. regularizar la situación en cualquier momento pero mejor no comunicar a la Seguridad Social la situación pasada de irregularidad., Si el trabajador doméstico trabaja menos de 60 horas a la semanas (aunque parece que este no es su caso) se puede pactar que sea el empleado el obligado a realizar el pago de la cotización.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Considero que la multa dependería de la cuantía defraudada, a bote pronto es dificil su concreción exacta. Entiendo que debería asegurarla conforme a las horas realmente trabajadas, por cuanto si ocurre un accidente, puede tener problemas con la Seguridad Social, y si las cosas se complican podrían abligarle a cotarizar todo lo que ha dejado de cotizarle.
Coincido con mi compañero, si comunica la infracotización a la seguridad social no sólo le liquidarán las cotizaciones impagadas, sino que también se arriesga a una multa de al menos 3 mil euros. Quizás lo más razonable sea regularizar la situación y continuar con la relación laboral. El supuesto de las 60 horas es en cómputo mensual. Un saludo