Normativa control presencia
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Contestado
Apreciado/a amigo/a, puede ser lícito, todo depende de si la normativa o instrucciones internas de la empresa lo permite, ya que, en este aspecto, tiene libertad para regular el control de acceso y presencia.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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