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Si Vd. estima que lo que le han hecho es una "chapuza" debe Vd. reclamar a la Comunidad de Propietarios el correcto arreglo del daño, pero para esa reclamación, no basta con su opinión, sino que de...
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Puede hacerse. Si Vd. designa a otra persona para que en su nombre y representación, con poderes notariales, haga ese trámite, podrá representarlo. Para ello vaya a un Notario con la persona que qu...
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Si tiene la indemnización ya reconocida y no se la abonan, puede intentar un acto de conciliación para que se lo abonen de forma inmediata, señalando que, en caso de no hacerlo iniciará las accione...
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Graben esas circunstancias, si hay testigos pueden valerse de su testimonio y denuncien los hechos en el Juzgado de Guardia.
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Sí. Siempre se puede recurrir una sanción administrativa si no se está de acuerdo con ella, aportando las pruebas que se tenga para sostener el motivo del recurso.
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No. En la declaración ante la policía hay que estar presente con abogado que le asista. Otra cosa sería que pueda hacerse por videoconferencia desde la comisaría donde Vd. resida.
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Es mejor que Vd. lo pida. Y no dude en poner esa denuncia y mostrarse parte pidiendo la indemnización que corresponda.
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Hace varias preguntas: El hurto, si lo sustraído excede de 400 €, como es su caso, tiene una pena de prisión de 6 a 18 meses. No siendo la pena superior a 2 años, pagando o devolviendo lo sustraído...
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Haga un escrito exponiendo su situación económica y solicitando un aplazamiento de la deuda. Aporte certificado negativo de bienes, de su situación precaria y sin trabajo, etc.
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Solicitando una ejecución de lo aprobado judicialmente. Si tiene un convenio regulador y éste está aprobado por una Sentencia Judicial, tiene fuerza ejecutiva y Vd. puede solicitar del Juzgado que ...