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Buenas tardes,
Si, tienes derecho a una indemnización. Controla tu indemnización y finiquito a 31.05.2016, luego desaparecida la empresa todo es más difícil.
Un saludo.
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Buenas tardes,
Hay un recargo que puede incrementar tu pensión por invalidez
También la posibilidad de reclamar los días de baja, secuelas por accidente, similar al importe que se da por accide...
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Buenas tardes,
La revisión por mejoría es recurrible cuando te llegue la carta oficial, primero ante el propio INSS; y luego, ante el juez. La parte de la extra la has devengado.
Un cordial sal...
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Buenas tardes,
En principio, tendrías que mirar el convenio de comercio de tu provincia.
Un saludo
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Buenas tardes,
Tienes muy poco periodo cotizado, habría que saber tu edad.
Un saludo.
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Estimado amigo,
Imagino que lo de las vacaciones lo has visto en tu vida laboral y significa que la empresa cotiza por ellas. A todos los efectos estás despedido el día 12 de junio 2015 y desde...
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Buenos días,
Envía un burofax a tu empresa reclamándolo de forma extrajudicial, también lo puedes reclamar ante los Juzgados.
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Buenos días,
Puedes presentar una demanda en el Juzgado de lo social de reclamación de cantidad contra la empresa por la retribución variable correspondientes al ejercicio fiscal 2015, indican...
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Buenos días.
El empresario podría presentar una reclamación penal (por hurto) o laboral (reclamación de cantidad) contra ti, en ese caso, una vez te lo comunique el juzgado tienes la posibilidad ...
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Buenos días,
La ley del contrato de Seguro establece un plazo de la aseguradora para contestar desde que la empresa le comunica la resolución del INSS que te declara la IPT.
Si no te pagan, debe...