Accidente tráfico. Indemnización por caída, atropello. Daños y perjuicios.

Guía publicada por:

¿Has sufrido un accidente? Te contamos que debes hacer para garantizar el éxito de tu reclamación.

Recuerde: El plazo para reclamar es de un año a contar desde la estabilización de las lesiones corporales o la cuantificación de los daños materiales sufridos. 

Recuerde: Es requisito indispensable realizar una reclamación previa a la compañía con los requisitos y condiciones que establece la legislación aplicable. No siendo recomendable a juicio de este letrado acudir a reclamar a través de la aplicación de UNESPA existente en internet. 

Recuerde: El plazo legal para acudir a recibir asistencia médica es de sólo 72 horas. Transcurridas 72 horas del accidente, las aseguradoras negarán la cobertura médica y rechazarán la reclamación de daños y perjuicios físicos. Acuda al médico no lo demore más allá de 72 horas desde el accidente.

Recuerde: El tratamiento médico gratuito de sus lesiones puede ser atendido por clínicas privadas concertadas con UNESPA o de su elección. Los gastos médicos son gratis: Las pruebas médicas, fisioterapia, gastos de farmacia, gasolina o de traslado serán abonados por la compañía de seguros responsable del accidente. Pida y guarde todas las facturas de gastos relacionados con el accidente le serán reembolsados a usted por la aseguradora responsable.

Recuerde: El seguro de su vehículo a motor le permite elegir libremente abogado y procurador para reclamar judicial y extrajudicialmente los daños y perjuicios del accidente. (Artículo 76 de la Ley del contrato de seguro). Es gratis, poder acudir a un abogado particular según su seguro de moto o automóvil, no deje su defensa a un abogado de compañía que ni usted elige, ni usted paga. 

Recuerde: No olvide leer y descargar  en la web nuestro pdf :¿Qué hacer tras un accidente de tráfico?  https://www.qlegalabogados.com/consultas-accidentes/

Recuerde: En caso de caída o accidente, revise todas sus pólizas de seguro. Por ejemplo: el seguro del hogar suele contemplar la libre designación de abogado y procurador en caso de accidentes habituales como sufrir un atropello como peatón o caídas accidentales.

Finalmente: En determinados casos de accidente o de daños, es el Consorcio de Compensación de Seguros quién paga la indemnización correspondiente: ( fenómenos naturales extraordinarios, atropello por vehículo no identificado, vehículo sin seguro,...). Para más información consulte su web:

                                            https://www.consorseguros.es/web/inicio

Pedir más información sin compromiso