Derecho de superficie como alternativa a la compraventa de suelo

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El derecho de superficie es un derecho real con acceso al Registro de la Propiedad que puede ser utilizado como alternativa a la compraventa de terrenos en el caso de querer realizar una construcción y desarrollar una actividad en ella.

El derecho de superficie es un derecho real por el que el propietario de un terreno concede al superficiario la facultad para construir sobre el mismo, durante un tiempo estipulado por las partes (el Reglamento Hipotecario lo limita a 75 años) y a cambio de un canon que se suele pagar anualmente. Además, el superficiario podrá desarrollar sobre el terreno y la construcción una actividad económica.

Dicho derecho debe ser inscrito en el Registro de la Propiedad, ya que así lo establece el Reglamento Hipotecario, al decir que si no se inscribe, no habrá superficie. 

Pasado el tiempo de duración de dicho derecho, este se extingue y todo lo construido revierte al propietario del suelo.

Esta solución puede satisfacer al superficiario, ya que en el caso de no tener el dinero suficiente o no conseguir la financiación para su adquisición, sí puede ir pagando un canon anual que puede cubrir con los beneficios que obtenga de la explotación del terreno y de la construcción y por otro lado, también beneficia al propietario, que a la finalización del derecho se va a encontrar con una construcción sobre su terreno, y además puede reservarse edificabilidad para un futuro, concediéndole al superficiario la facultad de construir solamente con parte de la edificabilidad que pudiera tener la finca.

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