Gastos de hipoteca incluyen los del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

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Los gastos de impuesto de transmisiones también se devuelven en la reclamación de gastos de hipoteca

Actualmente corre información errónea de que no se devuelven los gastos de Impuestos de Transmisiones Patrimoniales en las demandas de reclamación de devolución de gastos de hipoteca. Debemos informar en este sentido que esta información no es cierta, las únicas Sentencias que hablan de este asunto han sido dictadas fuera de Cataluña, en el que el régimen de impuestos es radicalmente distinto, ya que en este impuesto tiene transferida la competencia la Comunidad Autónoma. Informar además que el Juzgado que se ocupa de tramitar este tipo de asuntos es el Juzgado de Primera Instancia número 50 de Barcelona, que funciona desde junio y que justo ahora está empezando a proveer demandas. Por lo tanto, no existen Sentencias aún de este Juzgado que puedan afirmar que no se devuelven gastos de impuesto de transmisiones. De todos modos, recordemos que la Sentencia que declara la nulidad de esta cláusula de hipoteca y obliga al banco a devolver todos los gastos es del Tribunal Supremo, y por lo tanto es de obligado cumplimiento para Juzgados y Tribunales inferiores como son los Juzgados de Primera Instancia o Audiencias Provinciales. Por otra parte, afirmar que este despacho tiene varias Sentencias favorables en la que se devuelven la totalidad de los gastos, siendo aceptadas por los Juzgados estas Sentencias que aportamos como prueba. Con ello la conclusión es que la devolución actualmente lo es de la totalidad de los gastos, además con expresa imposición de costas para la entidad bancaria. ROSA NIETO, Abogado titular del despacho NIETO&SANZ, Abogados asociados.

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