¿Que hacer si acabo de sufrir un accidente de tráfico?

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   En caso de sufrir un accidente de tráfico, en el que haya heridos "leves", es decir, que no intervenga Guardia Civil ni Policía Local, los cuales realizarían un atestado del accidente, debemos confeccionar la DDA (Declaración amistosa de accidente) de forma clara, rellenando las casillas correspondientes y sobre todo y muy importante, dibujando un pequeño croquis del accidente que se puede completar con alguna frase en observaciones del tipo "vehículo A no respetó señal de STOP". Ha de tener en cuenta que el parte amistoso es la única prueba de la que dispone para reclamar posteriormente. Yo siempre recomiendo a los clientes que me llaman a mi despacho y acaban de sufrir un accidente, realizar fotografías con el teléfono móvil, ya que hoy en día todos tenemos dispositivos que con mayor o menor calidad, van a reflejar como se produjo el accidente y nos van a permitir en segundos hacer una fotografía ANTES DE MOVER LOS VEHÍCULOS SI NOS VEMOS OBLIGADOS A ELLO POR EL TRÁFICO.

En caso de duda, siempre es aconsejable llamar a Policía Local en ciudad o Guardia Civil en carretera.

En caso de que tenga molestias, no dude en acudir al Servicio de Urgencias de su ciudad, ese mismo día o al siguiente,  pues en ocasiones las aseguradoras pretender no asumir lesiones de pacientes que acuden posteriormente a su médico de cabecera, si por ejemplo el accidente tiene lugar un Viernes y esperamos al Lunes a tener cita con nuestro médico. 

Nadie quiere verse involucrado en un accidente de tráfico, pero si ello ocurre, estamos en nuestro Derecho de que se nos indemnice por todos los daños y perjuicios sufridos, incluyendo evidentemente las lesiones que nos haya provocado dicho accidente.

Para reclamar tendremos dos posibilidades: 

- Vía penal. Nos examinará un forense en base a los informes médicos que aportemos, baja laboral, etc y realizará un informe de valoración. Normalmente la indemnización será bastante más escasa, que si reclamamos en

-Vía Civil. Deberemos aportar un informe pericial de valoración de daño corporal, realizado por un experto, el cual debe acreditar las lesiones que padecemos, días precisados para nuestra recuperación, etc. Es un informe privado y por lo tanto deberemos de pagarlo, pero la indemnización se verá incrementada notablemente. 

Finalmente, indicar que todas las pólizas tienen una cobertura en defensa jurídica que nos permite "libre elección de abogado y procurador" con unos límites que normalmente no suelen alcanzar los máximos establecidos por las compañías. Sea cual fuere dicho límite, debe tener en cuenta que su abogado "particular" tendrá un interés económico en el caso al igual que usted, puesto que cuanto más dinero perciba por indemnización más dinero cobrará, frente a la defensa jurídica que le ofrece su compañía de seguros, que siendo tan profesional como el que más, no tiene un interés económico en su caso particular. 

Espero que esta guía le haya resultado de utilidad. 

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