Reclamación de deuda por juicio monitorio

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Procedimiento especialmente pensado para que empresas y profesionales puedan reclamar el cobro de deudas por facturas impagadas, sin necesidad de abogado ni procurador.

Inicialmente planteado como un procedimiento para que empresas y profesionales reclamen facturas impagadas, también puede ser utilizado para reclamar rentas de alquileres impagadas y otras deudas entre particulares siempre que se disponga de justificación documental.

La ventaja del procedimiento es su sencillez, pues no se precisa abogado ni procurador, y basta un formulario con forma de demanda.

El problema surge si el deudor no contesta el requerimiento de pago efectuado por el juzgado, o bien si se opone al mismo, pues desde ese momento el procedimiento requerirá de abogado y procurador si la deuda supera los 2.000 euros, y será aconsejable en cualquier caso, dada la difucltad de afrontar un procedimiento judicial sin los conocimientos técnicos precisos.

La demanda inicial debe presentarse en el juzgado del lugar de residencia del deudor, indicando la sede judicial, los datos de las partes (acreedor y deudor), indicando la cantidad reclamada y acompañando la justificación documental que acredite la existencia de la deuda (facturas, albaranes, recibos, documentos de entrega de mercadería, o similares). Si se cumplen los sencillos requisitos formales expuestos, el juez enviará un requerimiento de pago al deudor. Si paga ya no hay más trámites; si se opone, alegando que la deuda no existe o tiene una cuantía inferior habrá de continuarse el procedimiento por los trámites que corresponda según el importe reclamado; y si el deudor ni paga ni se opone, el juez declarará la realidad de la deuda y habrá de acudirse a una demanda de ejecución para proceder al embargo de bienes del deudor.

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