Tu despacho de Abogados para tramitar la Separación o el divorcio ante los Juzgados de Figueres

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Nuestra experiencia de muestra que ante una ruptura matrimonial, siempre surgen las mismas dudas, con el fin de esclarecer algunas de ellas hemos redactado este documento.

Ante una ruptura deberíamos saber si la intención es separarse o  la de divorciarse, y para ello debemos saber que en la separación el vínculo matrimonial subsiste impidiendo nuevos matrimonios; por el contrario en el divorcio el vínculo  matrimonial se rompe y  se deja de estar casado.

En ambos casos debemos  acudir al juzgado con abogado y procurador.

Tanto en el caso del Divorcio como en el caso de la Separación tenemos a disposición dos  procedimientos completamente distintos:

1)   Procedimiento de Separación o Divorcio de mutuo acuerdo, este requiere que los cónyuges alcancen un acuerdo en cuanto a las consecuencias personales y económicas  derivadas de la ruptura. Estos pactos se recogen en un convenio regulador y si la pareja tiene hijos menores de edad deberá también confeccionarse un Plan de parentalidad.

La demanda,  acompañada del convenio regulador y en su caso del Plan de parentalidad,  será presentada ante el  Juzgado y tras la ratificación de los esposos (los esposos deben acudir  a las oficinas del juzgado, reconocer su firma en el convenio regulador y manifestar que lo suscribieron libremente) se dictará sentencia. Si hay hijos menores de edad, será obligatorio un informe previo del Ministerio Fiscal, que actúa en todos los procedimientos de familia velando por los intereses del menor de edad.

2)   Procedimiento de Separación o Divorcio Contenciosos, Se trata de un procedimiento más complejo, que pasa entre otros muchos trámites,  por la celebración de juicio, donde cada parte defiende sus posiciones y se practica la prueba.

 

Es importante saber que ni la separación ni  divorcio no son causales, es decir, que no es necesario alegar ninguna causa (infidelidad, o alcoholismo o violencia,…. ). Es suficiente con que uno de los miembros de la pareja así lo decida e inicie los trámites.

Los esposos no discuten el divorcio sino que se discuten las consecuencias del mismo: se discute sobre la distribución de los periodos de guarda de los hijos; Distribución de los períodos vacacionales; Pensiones de alimentos y gastos extraordinarios; Uso del domicilio familiar; Liquidación de bienes y deudas comunes; o sobre otros temas personales o económicos pero no se discute sobre la ruptura del matrimonio: Es suficiente con que uno de los cónyuges solicite el Divorcio para que  el Juez lo  conceda.

El procedimiento deberá interponerse ante los juzgados del último domicilio familiar, y no en los juzgados del lugar de celebración del matrimonio. Por ejemplo, una pareja se casa en Madrid o en Sevilla, pero su última residencia familiar fue en Roses: el procedimiento debería interponerse ante  los Juzgados de Figueres. Lo mismo ocurriría si  su último domicilio  familiar estuviera en Figueres,  Llança, L´Escala, La Jonquera u otras poblaciones de l´Alt Emporda, pertenecientes todos ellos al partido judicial de Figueres.

 

 

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