Abuso de propiedad privada
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Contestado
Estimado consultante, La protagonista de la pregunta encontró la puerta abierta, aparentemente estaba deshabitada puesto que no había ocupantes en su interior y no causó daño alguno, por lo que este despacho en este caso invocaría la doctrina del “ius usus inocui”, según la cual el titular de un derecho no puede, por el mero hecho de serlo, impedir a otros que se aprovechen de la cosa, si esto no le causa ningún
perjuicio, y por lo tanto pediríamos la absolución. Quedamos a su disposición.
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