Aceptación herencia herederos
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
En efecto, hay que hacer aceptación de herencia tras el declaratorio de herederos.
El impuesto que se aplica es el de sucesiones, que es un tributo cedido a la Comunidad Autónoma de Canarias.
En el caso de su madre, dicho tributo ya ha prescrito por el transcurso de los cuatro años.
Sin embargo, en el caso de su padre, la determinación de la cuota a pagar depende de una serie de aspectos subjetivos (parentesco) y materiales (importe de la herencia, existencia de vivienda habitual, etc.) que es preciso analizar para concretar con mayor rigor.
Nuestro despacho queda a su disposición, pudiendo concertar una cita presencial sin coste alguno.
Jesús Villodre
Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil General
Efectivamente, después del declaratorio viene la aceptación. El impuesto de su madre ya ha prescrito. En el caso de su padre, el impuesto de sucesiones depende de la cuantía de la herencia y del parentesco. No obstante, está bonificado en la cuota. Quedamos a su disposición para cualquier consulta. Reciba un cordial saludo. Amando Gómez.