Actualizar renta alquiler

Abogado Derecho Privado y Derecho Mercantil Oviedo y Gijón Mithra Legal Advisors
Abogado de Oviedo especializado en Derecho Laboral
Buenas tardes,
De conformidad con el artículo 18.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendador podrá exigirle la renta actualizada a partir del mes febrero, mes siguiente a la notificación que hizo el arrendador, con la subida de todos los IPC anuales de los años 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022, que no se repercutieron.
En cambio, el arrendador no podrá reclamarle las diferencias de los meses atrasados. Es decir, los aumentos de la renta actualizada con las subidas de los años que no se llevaron a cabo, no pueden serle reclamadas.
Estamos a su disposición en Mithra Legal Advisors
Saludos cordiales

Abogado reclamaciones Bancarias Gijón Juan Manuel Carre Álvarez
Abogado de Gijón especializado en Derecho Civil
Hola, conforme a lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendador podrá exigir la renta actualizada desde la ultima actualización de 2018. Lo que no podrá es reclamar las actualizaciones dejadas de percibir (si las hubiera)
Un saludo