Adquirir una finca por usucapio
Hablamos de un terreno de propiedad ajena, del cual no sabemos si existe un derecho de usufructo a nuestro favor, así en primer lugar, es comprobar su existencia en el registro de la propiedad de la finca colindante. Si existiera, puede utilizar la finca libremente, en caso contrario, nos podemos plantear la adquisición de la finca mediante dos vías; la más usual, es mediante la compraventa de la finca con su propietario; en segundo lugar, la vía de la “usucapión”. La usucapión consiste en el derecho de adquirir una propiedad con el trascurso de los años, propiedad que debe estar utilizando durante 30 años sin ninguna reclamación por parte del propietario. INCONVENIENTE de la usucapión es la acreditación de ese uso durante ese tiempo.
Buenos días, está usted en lo cierto respecto al derecho de usucapión; un uso continuado del terreno, como si usted fuera el propietario, hace que con el paso del tiempo Usted pueda tener la titularidad de ese terreno. El tema que plantea es complicado y merecería la pena que viniera a vernos sin compromiso, a efectos de hablar sobre el tema, y ver cual puede ser la solución. Si quiere puede contactarnos en el correo electrónico ruizballesteros@icab.cat y pedirnos cita, la primera consulta es gratuita.
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Buenas noches, nuestro consejo es que acuda al ayuntamiento de corbera para que le faciliten información sobre el propietario. En relación a la adquisición de la propiedad por usucapuon, indicarle que es necesario el uso de la propiedad en concepto de dueño, durante 30 años de forma pública, pacífica e ininterrumpida. Aún no han pasado los 30 años necesarios. Si usted lo desea, podemos recibirle en nuestro despacho al objeto de estudiar sus posibilidades. Atentamente, alba Sanz.
Np puedes adquirir la propiedad salvo que te la venda el propietario ( puede ser el propio Ayuntamiento ) en Urbanismo del Ayuntamiento te informaran del propietario, así como en la Oficina Catastral.
Si es terreno no urbanizable ( agrícola ) no paga IBI.
Para adquirir el derecho por Usucapión debes demostrar su uso ininterrumpido por 30 años.
Atte. Manuel Alonso Martínez Abogado
Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, podemos ayudarle si lo estima conveniente, contacte con nosotros y le asesoraremos sin coste alguno, primera visita gratuita.Un saludo.www.agabogados.cat