Alojamiento y pension por parte del padre de mi hijo
-
1 profesionales de acuerdo
Para regular quien tendrà el uso de la vivienda que fuere domicilio habitual deberá acudir a un procedimiento de guarda y custodia, donde se regule precisamente quien queda con la guarda del menor, regimen de visitas, contribución de cada uno a las necesidades economicas del menor y en su caso uso de la vivienda. Deberíamos tener mas detalles de susituación para poder asesorarla adecuadamente. la emplazamos a concertar una cita en este despacho.
-
1 voto útil
Buenos días,
Debería iniciar un procedimiento de guarda y custodia. En este procedimeinto básicamente se establecerá el régimen de visitas o custodia compartida, pensión de alimentos para el menor y también puede valorarse a quien se atribuye el uso de la vivienda. En la mayoria de los casos se atribuye al progenitor que tiene la custodia del hijo o al progenitor que se encuentre en una situación mayor interés de protección.
Para cualquier aclaración al respecto, puede ponerse en contacto telefónico conmigo.
Saludos cordiales,
Yolanda Franch
Estimada ususaria. Sería necesario iniciar un procedimiento en el que se otorgara la guardia y custodia a uno d elos cónyuges, o a los dos como es la doctrina que está llevando a cabo el Tribunal Supremo. En la gusrdia y custodia, se establece el régimen de visitas, la pensión de alimentos, el uso de la vivienda, entre otros. Si lo desea, puede concertar una cita con el despacho. Un saludo
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Si su hijo reside en España, los Juzgados españoles son competentes judicialmente para fijar a su favor y a cargo de su padre una pensión de alimentos, y, con de esta pensión de alimentos debe cubrirse la necesidad de vivienda del menor, ya sea prestando el padre su cas, ya sea con un importe que cubra lo necesario para, al menos, un alquiler.