Alojamiento y pension por parte del padre de mi hijo

El padre de mi hijo es español, yo soy extranjera. Ya no estamos juntos, el tiene su piso y quiero saber si la ley me ampara por el hijo que tenemos y me prestan su casa por un tiempo o el debe buscar otra?

Respuestas de otros profesionales:
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Martínez-Roges Advocats

Martínez-Roges Advocats

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Para regular quien tendrà el uso de la vivienda que fuere domicilio habitual deberá acudir a un procedimiento de guarda y custodia, donde se regule precisamente quien queda con la guarda del menor, regimen de visitas, contribución de cada uno a las necesidades economicas del menor y en su caso uso de la vivienda. Deberíamos tener mas detalles de susituación para poder asesorarla adecuadamente. la emplazamos a concertar una cita en este despacho.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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YOLANDA FRANCH CRESPO

Abogado de Sabadell especializado en Derecho Penal Económico

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Buenos días,
Debería iniciar un procedimiento de guarda y custodia. En este procedimeinto básicamente se establecerá el régimen de visitas o custodia compartida, pensión de alimentos para el menor y también puede valorarse a quien se atribuye el uso de la vivienda. En la mayoria de los casos se atribuye al progenitor que tiene la custodia del hijo o al progenitor que se encuentre en una situación mayor interés de protección.
Para cualquier aclaración al respecto, puede ponerse en contacto telefónico conmigo.

Saludos cordiales,
Yolanda Franch

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Silvia López Quivira

Silvia López Quivira

Abogado de Madrid especializado en Procesal Laboral

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Estimada ususaria. Sería necesario iniciar un procedimiento en el que se otorgara la guardia y custodia a uno d elos cónyuges, o a los dos como es la doctrina que está llevando a cabo el Tribunal Supremo. En la gusrdia y custodia, se establece el régimen de visitas, la pensión de alimentos, el uso de la vivienda, entre otros. Si lo desea, puede concertar una cita con el despacho. Un saludo

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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Si su hijo reside en España, los Juzgados españoles son competentes judicialmente para fijar a su favor y a cargo de su padre una pensión de alimentos, y, con de esta pensión de alimentos debe cubrirse la necesidad de vivienda del menor, ya sea prestando el padre su cas, ya sea con un importe que cubra lo necesario para, al menos, un alquiler.

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