Alquiler en un piso embargable

Hace unos dos años y medio que estoy de alquiler en un piso de Barcelona y una vecina me ha dicho que el banco está a punto de embargarle la vivienda a la dueña porque no paga la hipoteca. En el contrato no figura cuánto tiempo dura el alquiler. ¿Puede el banco echarme a la calle una vez le hayan embargado el piso? ¿Es cierto que existe un mínimo de 5 años de alquiler?

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal

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Se entenderán celebrados por un año los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazo de duración o éste sea indeterminado.

Si durante los cinco primeros años de duración del contrato el derecho del arrendador quedara resuelto por la enajenación forzosa derivada de una ejecución hipotecaria, usted tendrá derecho, en todo caso, a continuar en el arrendamiento hasta que se cumplan cinco años, sin perjuicio de la facultad de que usted dispone de no renovación del contrato a la fecha de terminación de cualquiera de sus prórrogas anuales. NOTA:Esta respuesta no es un asesoramiento jurídico, ni genera obliaciones y/o derechos con el consultante o cualquier otro usuario.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado