Autónomo, régimen simplificado

Tengo que rellenar el modelo 130 por segunda vez, pero no se si en él debo sumar el anterior o como rellenar,gracias

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Contestado

A la hora de rellenar el 130 debe retener el 20% de la diferencia
entre los ingresos computables y los gastos deducibles
devengados en cada trimestre natural (normativa Diputación Foral de Bizkaia).

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado