Avalar un piso para comprar casa
Un aval supone que usted responde ante el impago del principal obligado hasta la cantidad comprometida. Es decir, el avalista responde por cien mil euros y como garantía de esa cantidad está el piso. Si el deudor principal no responde, normalmente el acreedor puede ir, indistintamente, contra los bienes de aquél (deudor principal) o del avalista: es lo que se entiende por deuda SOLIDARIA. Eso si, en el caso del avalista solo puede reclamar los cien mil comprometidos, pero puede instar la venta del piso, recuperar la cantidad, con intereses y costas y devolver el sobrante, si lo hay, al avalista. También tendrá acción contra el deudor principal, pero no podrá obtener de ambos más de lo que importe la deuda en su conjunto. Para que el acreedor tenga que ir primero contra el deudor principal hay que pactar una cláusula que contemple el BENEFICIO DE EXCUSIÓN, es decir, la obligación del acreedor de intentar el embargo de los bienes del deudor, antes de atacar los del avalista.
Abogado Urbanismo Madrid INMOURBANISMO
Abogado de Madrid especializado en Derecho Inmobiliario
Hola buenos días:
Avalar significa dar una garantía a favor de un tercero que tiene una deuda con otro (normalmente con un banco), para que en el caso de que ese tercero no pague, lo haga el avalista en su lugar. El banco irá contra el avalista solo por el importe avalado y en las condiciones que haya firmado el aval. Habría que ver qué tipo de aval ha firmado. Si tiene cualquier pregunta adicional o quiere ampliar la información, puede ponerse en contacto conmigo. Un saludo.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenos días; para resumirle y que tenga conciencia de lo que puede o no aceptar, le diré que la figura del avalista responde frente a todos y por la totalidad de lo que se adeuda, no solo por principal, sino intereses y costas. No puede eludir el pago en el caso de que el deudor no lo haga. Un saludo