Ayuda legal por problemas con el pago de la luz
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Nos encontramos ante un arrendamiento de vivienda, articulo 2 de la LAU, por lo que lo estipulado en el mismo es Ley entre las partes, arrendador y arrendatario. El inquilino sabía que se consumía luz, porque tomaba las lecturas, y tenía la obligación de saber, con anterioridad, si pagaba o no dicho suministro, pero no comunicó nada hasta la finalización del contrato, de haberlo comunicado, se hubiera solucionado el problema con anterioridad.Fecsa estaba obligada a emitir las facturas, pero no lo hizo, presuntamente por error o mal funcionamiento del contador, luego llegado el caso, debe dar facilidades de pago, y entiendo que el obligado al pago es el inquilino, a quien se le debe repercutir el pago.