El banco me deja sin pensión
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
El banco no tiene en cuenta su nivel de ingresos. Ni su procedencia. Solo los gastos que autoriza al cargarlos a su cuenta y para los que le anticipa los fondos de que dispone. Dicho eso lo relevante es saber cuanto y como le cobra.
ABOGADO RECLAMACIONES BANCARIAS ZAMORA Talón & Turiel
Abogado de Zamora especializado en Derecho Administrativo
NO puede. Para el embargo de la pensión se deben respetar los límites de inembargabilidad establecidos en el art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Sí necesita más información puede ponerse en contacto con este despacho.
Atentamente,
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En un principio, el Banco puede actuar así si el contrato que firmó con la entidad se lo permite, por lo que hay que ver dicho contrato para saber si hay o no una mala práxis y actuar en consecuencia.