Cálculo de indemnización por despido.

Tengo antigüedad del 9 diciembre del 2003.

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ABOGADO LABORAL TERRASSA LeX-it Advocats
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Aparte de la antigüedad, hace falta saber cuál es su salario diario (con prorrata de pagas extras incluida) así como el tipo de despido que le han hecho.
Para que tenga una orientación, si el despido es disciplinario no tiene derecho a ninguna indemnización a no ser que Ud. lo impugne y se declare su improcedencia en el juzgado (o la reconozca la propia empresa). Si efectivamente es un despido improcedente tendría derecho a una indemnización equivalente a 33 días de salario por año de servicio (desde el 12 de febrero de 2012 hasta la fecha del despido) y de 45 días de salario por año de servicio desde el 9 de diciembre de 2003 hasta el 11 de febrero de 2012. El tope es de 720 días a no ser que la indemnización resultante del segundo tramo sea superior, en cuyo caso ésta será la indemnización total.
Si en cambio le han hecho un despido objetivo ya sea individual o colectivo (ERE) tiene derecho al abono de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Para poder responder, es necesario disponer de datos mas exactos sobre su relación laboral, pues la antigüedad, aunque importante, no es el único factor determinante.
Saludos.

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