Cálculo salario y finiquito.
ABOGADO LABORAL TERRASSA LeX-it Advocats
Abogado de Terrassa especializado en Derecho del Trabajo
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Mejor respuesta según autor
No entiendo muy bien su pregunta. Usted ha trabajado en el período de 16/07 a 01/08, pero lo del preaviso de 15 días no llego a entenderlo... me faltan datos, como saber qué tipo de contrato tenía y la causa de extinción del mismo.
Sin embargo, si únicamente necesita saber el salario para 32 días de trabajo, atendiendo a la información del convenio coletivo al que hace Ud. referencia tiene que dividir el salario anual entre 365 días (366 si se trata de año bisiexto) para sacar el salario diario y de esta cantidad multiplicarla por el número de días trabajados.
A parte del salario, a la liquidación habrá que añadirle también la parte proporcional de pagas extras así como los días de vacaciones devengadas y no disfrutadas.
Espero haberle ayudado, si es así marque por favor como útil esta respuesta.
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
Si el contrato de trabajo se limita a las fechas que señala, legalmente no es exigible el preaviso de quince días (salvo que se prevea por convenio) debiendo ser indemnizado con los días de salario dejados de percibir.
No parece que sea esta web un servicio de cálculo de finiquitos