Carta de resolución recibida y no puedo ir

Buenas tardes

Estoy casada con Brasileño desde hace 10 años. Tenemos residencia en Herrera de Pisuerga, Palencia, donde mi familia vive, pero actualmente residimos en Brasil.

En agosto/septiembre del año pasado 2015 recibimos una carta del juzgado de Carrrión de los Condes en Palencia, citando a mi marido para la semana siguiente. Por el número de expediente dedujimos que era para informarle formalmente de que le habían concedido la nacionalidad española, cosa que sabemos porque aparece en las consultas online de extranjería desde 2013.

Mi madre se personó en el juzgado de Herrera de Pisuerga e hizo un escrito dirigido al juzgado de Carrión de los Condes, informando de que mi marido se encontraba e Brasil y no sabia cuando iba a volver. Su expediente lo lleva Extranjería de Valsepeñas en Ciudad Real, porque cuando lo tramitó residíamos allí, de manera que el juzgado de Carrrión lo mandó al de Valdepeñas. Yo intente conversar por telelfono con la perosna encargada en Valdepeña, pero tras largas llamada ella nunca me dio ninguna información de lo que podía hacer nu respuesta alguna, aduciendo siempre que estaba muy ocupada.
Hoy ha llegado otra carta del juzgado de Carrion de los Condes a nuestra residencia en Herrrera de Pisuerga citando a mi marido de nuevo para el dia 16/03. Debe presentarse con la carta recibida, "a fin de notificarle la resolución y practicar diligencias al respecto, previniendole que deberã hacer entrega de la presente al comparecer y de que no verificarlo, sin alegar justa causa que se lo impida, le pararãn los prejuicios que haya lugar en Derecho".
Mi pregunta es, ¿cómo podemos informar de que no puede ir porque estamos en Brasil sin perder a nacionalidad? Por el momento no tenemos fechas previstas de ir a España.
Les agradecería me informaran lo antes posible para poder hacer las gestiones pertinentes.

Espero sus noticias.
Gracias y un saludo.

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Abogado Civil Palencia Jesús Javier Gaisán Gutierrez

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buenos dias, que tu marido busque un notario o funcionario público que pueda dar fé de su identidad, en Brasil, y que haga un apoderamiento a favor de tu madre. El apoderamiento lo más amplio que fuera dable en derecho, debe contener expresamente poder para el acto indicado, y textualmente, "recibir cualquier tipo de documentación en mi nombre". Como estará en portugués tienes que traducirlo y traerlo con la apostilla de la haya. Si lleva eso tu madre, no debería de tener problema.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado