Cita de un juicio rapido
Buenos días.
Aunque son pocos los detalles con que contamos, en resumen le podría decir que, teniendo en cuenta la cuantía de lo que pretendían sustraer, aunque está contemplada como infracción penal, no se trataría de un delito sino de una falta. Las consecuencias consisten en una sanción económica.
No sé si tenéis antecedentes penales o no. Si es así y se trata de tres o más, ese hurto podría ser considerado delito.
Estoy a su disposición.
José Luis Lechuga Sancho
Abogado de Puerto de Santa María especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes
Pueden condenarle como autor de una falta de hurto del artículo 623 del CP, con pena de localización permanente de 4 a 12 días o multa de 1 a 2 meses, con una cuota que puede oscilar de un mínimo de 2 € y un máximo de 400 €, ello según el código penal, pero en su caso podrían rondar de 6 a 15 € día (no creemos que sean mas).
Estamos a su total disposición por si desea que le asistamos.
Un afectuoso saludo.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Presuntamente al ser el valor del objeto inferior a 30 euros, lo calificaran como falta y no como delito, y la pena presumo que será de multa.
Es un juicio de faltas, pero, te dan fecha de inmediato, por ese importe lo normal y habitual es una sanción economica.