¿Qué es una citación de auxilio nacional 100/2015?

Hola. He recibido en casa una carta del juzgado en el que dice: "acordado en auxilio nacional 100/2015 le remito el presente al objeto de citarlo para el día 2 de octubre para prestar declaración como perjudicado en relación a su denuncia de fecha 12/2/2012 ante la policía.

Creo que se debe a una denuncia que puse por una estafa de una compra fallida de unos frigoríficos realizada por Internet. Hice el pago por transferencia bancaria y no recibí el producto que compré.

Además de no recuperar el dinero, me estuvo dando vueltas con que el producto se había dañado en el traslado y tenía que pedir otro durante un mes.

Pero el caso es que las diligencias las llevaban en el juzgado Nº 4 y la carta dice que me persone en el juzgado Nº 5 ahora.

¿Por qué tengo que ir ahora al juzgado Nº 5? ¿Para qué me piden la documentación de la transferencia si eso ya lo entregué en el juzgado en su día? ¿Será que han localizado a este señor? ¿Qué daños y perjuicios debo pedir?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Contestado

El auxilio judicial hace referencia a la colaboración que se presta entre Juzgados en relación con trámites que se tienen que hacer con alguien que reside fuera de la sede de un órgano judicial, por lo que ese trámite se hace por medio del Juzgado del domicilio de esa persona, de forma que el Juzgado del domicilio colabora con el Juzgado que está tramitando el asunto para practicar esa actuación. El auxilio tiene sentido cuando la sede judicial y el destinatario de un trámite están en poblaciones distintas, pero no cuando están en la misma población. Por eso si en la citación le pone auxilio quiere decir, salvo error, que un Juzgado de otra población le pide lo que le dicen y ese auxilio es prestado por el Juzgado al que ha sido repartido el asunto, esto es, el Juzgado 5 (podía haber sido cualquier otro de su población). Si en el procedimiento que se está tramitando en un Juzgado de fuera no consta lo que le piden, tendrá que aportar de nuevo la transferencia o indicar que fue aportada al Juzgado 4, indicando el número de Diligencias para su identificación. Los daños causados es el importe de lo que pagó más el interés legalmente procedente desde que hizo el pago. Si desean contactar con nosotros lo pueden hacer por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también prestamos asesoramiento telefónico y online en casos como el suyo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Accidentes de tráfico Jaén, GARCÍA & GUERRERO Despacho Jurídico
Contestado

Es posible que se haya encontrado a la persona que le estafo y que por tanto le soliciten que declare en calidad de perjudicado. El hecho de que vaya a un Juzgado u otro depende de a quien se haya solicitado el auxilio judicial. Tenga en cuenta que si el Juzgado que lleva la instrucción de sus diligencias es el nº 4 de Madrid, el auxilio judicial se lo mandan al Nº 5 de su localidad. En cuanto a la solicitud de la documentación, le requerirán en la citación para que aporte todos los documentos que tenga sobre la acreditación de los hechos.

Entre los daños y perjuicios que pueda solicitar, deberán de ser aquellos que usted pueda acreditar.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

VER PERFIL
Contestado

Estimado cliente: Es posible que lo que haya sucedido es que se haya localizado al presunto autor de la estafa e inicien un procedimiento contra él. Se le ha citado para que pueda reclamar sus derechos como perjudicado. Le recomiendo que se asesore de un abogado que le guíe en este caso. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Hola. Es un exhorto que recibe de otro Juzgado al suyo para realizar las diligencias oportunas respecto a un procedimiento, para eso es para lo que sirve el auxilio nacional. Lo de 100/2015 es el número que tiene usted de procedimiento para dicho auxilio, el cual es personal.
Un saludo y gracias.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado